miércoles, 13 de enero de 2010

LEY SOBRE DESCARGAS ILEGALES

1.- ¿Cómo detecto una web pirata?
No verás un logotipo con una calavera mordiendo un puñal pero te basta el sentido común. Si puedes descargarte música, libros, películas sin pagar un euro recuerda que es posible que esos contenidos estén sujetos a derechos de propiedad y alguien los está pirateando. Por ejemplo, ¿crees que el último álbum de El Canto del Loco está en internet porque estos chicos sean unos idealistas, o es que alguien lo ha colgado allí para violar la ley?

2. ¿Me pueden multar?
Ha habido casos en que la policía ha detenido a hackers que introducían virus en la Red. Pero no a particulares que descargaban películas o música. En España, por ahora no se persigue a quien se descarga archivos ilegales sino que se va a perseguir a la persona o a la empresa que los cuelga sin permiso en la Red.

3. ¿Pueden entrar en mi casa?
Si resulta que tienes una web que se dedica a piratear archivos digitales, cuando la ley entre en vigor, cuenta con que la policía puede entrar en tu casa o en tu oficina. La nueva ley funciona de la siguiente manera: al conocerse una web que contiene archivos ilegales, el Ministerio de Cultura da aviso al juez y éste, en cuatro días, emite una orden para cerrar la web. Así de rápido. Pero si tú solamente te descargas los archivos, la justicia no te molestará (por ahora) mientras no saques dinero de ello. Puedes incluso intercambiar los archivos, como cuando antiguamente los jóvenes se intercambiaban cintas de cassette.

4. ¿Qué hacen en otros países?
Son un poco más duros. En Francia por ejemplo, pueden cortar la conexión a internet a aquellos internautas que hayan descargado contenidos ilegales.

5. ¿Por qué se armó un tumulto por la nueva ley?
Porque casi sin avisar se aprobó dentro del paquete general del anteproyecto de Ley de Economía Sostenible, y allí se descubrió que el gobierno creaba una comisión con un poder sorprendente: podía cerrar webs sin pasar por la Justicia. Ante las protestas, el gobierno rectificó y ahora debe pedir la intervención judicial antes de cerrar una web pirata.

6. ¿Es injusto cerrar una web pirata?
El problema es que aquí intervienen dos derechos: por un lado, el derecho a la propiedad intelectual y por otro, el derecho a la libertad de expresión. Es decir, todos tenemos derecho a crear una canción y a cobrar por su uso. En el momento en que alguien cuelga esa canción en una web sin nuestro permiso, está vulnerando nuestra propiedad. El problema es que, según la Constitución, no se puede cerrar un medio de comunicación (una web) con una orden previa sino con resolución judicial, es decir, después de que se haya analizado el caso, se haya escuchado a las partes, y se haya emitido una sentencia. Y esto último puede durar meses o años.

7. ¿Ha entrado en vigor la ley?
No. Por ahora es un proyecto de Ley. No ha entrado en vigor, y se espera que a mediados o a finales de año sea aprobado definitivamente por el Parlamento. El lunes 11 de enero el Gobierno presentó la reforma del apartado polémico. Ahora, será el juez de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional quien decida si se debe cerrar una web de contenidos ilegales, denunciada previamente por una comisión del Ministerio de Cultura (Comisión de Propiedad Intelectual).

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